Logo - Producto

De la reforma de las pensiones, “generation gap” y brecha de género

Pensión - Jubilación

Comparte este post

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Contenidos

LAURA MARTÍN IGLESIAS

El sistema de Seguridad Social ha sido una de las grandes conquistas del siglo XX. Desde los años 30, cuando se creó el régimen de clases pasivas, hasta la creación del Régimen General de la Seguridad Social en 1963, ha supuesto la creación de un sistema sin el cual hoy día no se entienden las sociedades occidentales, el cual se encuentra en un momento clave para su reforma y supervivencia.

En el siglo XX una de las grandes conquistas sociales ha sido el estado de bienestar, el cual tras las crisis financieras y no financieras ve necesaria su reformulación para poder seguir existiendo.

En los últimos tiempos, asistimos al debate de la reforma de las pensiones. Son numerosas las voces que anuncian que el sistema se ve comprometido por diversos factores, principalmente el envejecimiento de la población, la baja natalidad de los países occidentales y la precariedad laboral.

“Los salarios de los nuevos trabajadores son de media inferiores al importe de las pensiones de los nuevos jubilados, lo cual deriva en un conflicto intergeneracional”

Al mismo tiempo, las cuantían de las pensiones se ven en entredicho, no sólo por la introducción del factor de sostenibilidad, que desliga su actualización del IPC, sino porque los ciudadanos no ven correlación entre lo cotizado y lo que cobran de pensión. Además, se da la paradoja de que los salarios de los nuevos trabajadores son de media inferiores al importe de las pensiones de los nuevos jubilados, lo cual deriva en un conflicto intergeneracional no visto hasta ahora.

Desde el punto de vista de los jóvenes, no sólo se les ha exigido que se formen mucho más que las generaciones anteriores, sino que viven en un contexto donde hay más trabas para hacer lo considerado como “normal”, como es emanciparse, acceder al mercado laboral y a la vivienda (por ejemplo, no se benefician por la compra de vivienda habitual de una generosa deducción en IRPF, como sí han disfrutado generaciones anteriores). Sin el apoyo familiar en un país como España, desarrollar una vida adulta se convierte en una hazaña, lo cual repercute en que la tasa de natalidad siga siendo una de las más bajas del mundo. Y no solo eso, sino que su percepción sobre si algún día cobrarán una pensión de jubilación es bastante negativa.

“A los jóvenes no sólo se les ha exigido que se formen más que las generaciones anteriores, sino que viven en un contexto con más trabas para emanciparse, acceder al mercado laboral y a la vivienda”

Una de las propuestas de reforma consiste en “destopar” las cotizaciones y que sea proporcionales al sueldo. Pero ¿por qué no es popular esta propuesta?

El importe máximo de toda pensión pública está fijado por la Ley de Presupuestos Generales para cada año, por tanto, también debería suponer una revisión de dicho límite, puesto que diversos autores como Eloísa del Pino, concluyen en que al final el ciudadano debe ver una relación entre lo que aporta y lo que recibe.

¿Cuáles son las medidas que se han implementado hasta la fecha?

  • Retraso de la edad de jubilación a los 67 años.
  • Compatibilizar el cobro parcial de la pensión con el seguir desempeñando una actividad laboral.
  • Reforma del complemento de maternidad.
“Los perjuicios en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo han sido sufridos de forma abrumadora por las mujeres, una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la pensión”

En relación con el complemento de maternidad, se reguló por primera vez en el año 2016 con el fin de compensar a las mujeres que habían sido madres de dos o más hijos, añadiendo dicho complemento a su pensión de jubilación cuando esta había sido por edad o por incapacidad. La base para regular esto se justificaba en que las mujeres de varias generaciones habían dejado de cotizar para atender sus obligaciones familiares, con lo cual, a la hora de calcular su pensión, el importe es inferior a la pensión de cualquier hombre.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, por la cual reconoció a algún hombre el complemento de maternidad, una vez hubo probado que tuvo que dejar de cotizar, por lo cual, su pensión se ha visto disminuida, por el hecho de haberse encargado del cuidado de sus hijos. Dicho Tribunal ha visto como discriminatorio para los hombres esta medida.

Lo cual ha derivado su reforma por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través del el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, regula el complemento para la reducción de la brecha de género, aplicable desde el 4 de febrero de 2021. No es necesario solicitarlo, sino que se tramita junto el reconocimiento de la pensión en cualquiera de los regímenes público de Seguridad Social, incluido en el Régimen de Clases Pasivas. La diferencia es que en el régimen de clases pasivas solo se aplica cuando se trata de jubilaciones forzosas o por incapacidad. Sigue excluida su aplicación cuando se trata de una jubilación voluntaria, puesto que se trata de un supuesto especial de jubilación con un régimen particular.

Este complemento para reducir la brecha de género está asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a. Este perjuicio, sufrido de forma abrumadora por las mujeres, de acuerdo con los datos de las carreras laborales analizados por la Seguridad Social, es una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la pensión.

Es un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores. En principio, va dirigido a las mujeres, que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo, pero pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral.

En caso de que ninguno de los dos progenitores se hubiese visto perjudicado por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre. Y en el caso de ser dos mujeres a la que tenga la pensión con un importe inferior.

Para que lo puedan solicitarlo los padres deben concurrir alguno de estos requisitos:

  • Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad
  • Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.
“Tal vez sea el momento de aunar esfuerzos puesto que no es posible ir por separado cuando se trata de objetivos tan íntimamente conectados”

Por tanto, las últimas reformas han ido en la línea de introducir la variable de género en las pensiones. A pesar de ello, quedan numerosos frentes abiertos, como es la propia sostenibilidad del sistema en un país cada día más envejecido, y en el en cual, a pesar del impacto positivo de la inmigración, no es suficiente para que no esté comprometida su viabilidad.

Tal vez sea el momento de aunar esfuerzos, de los pensionistas que luchan por mantener el poder adquisitivo de su pensión, de los jóvenes que luchan por tener un trabajo digno, puesto que no es posible ir por separado cuando se trata de objetivos tan íntimamente conectados. Así pues, el nuevo pacto social tiene que ser realista, los abuelos deben luchar por la emancipación de sus nietos, puesto que al final de la mejora de su pensión depende de que haya más contribuyentes en el sistema y con mejores salarios.

 

Laura Martín Iglesias es Jefa de Área de Gestión de Clases Pasivas en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Pertenece a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos y es preparadora de la misma en SKR.

 

Artículos relacionados: 
Las políticas públicas de empleo post COVID
«La educación es el pilar de nuestro futuro y llegar a un gran pacto de Estado sería deseable»
El bienestar colectivo: una causa por la que luchar
Estado de bienestar y COVID-19: en contra del borrón y cuenta nueva

 

Un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Una mirada al mundo del sector público

Entérate de todas las novedades sobre el sector público y las oposiciones: